miércoles, 22 de julio de 2015







“LA TEORIA DEL CONFLICTO Y LOS MEDIOS ALTERNATIVOS”






ABG. UBALDO MATIAS GARCETE PIRIS



CAPITULO I


1.1.      Análisis sobre el conflicto

     Por definición cotidiana, y analizando a “el conflicto”, lo podemos entender como un choque de intereses, de ideas, de emociones. De manera más específica se ha conceptuado como una relación en la que las partes procuran la obtención de objetivos que son, pueden ser, o parecen ser al menos para alguna de ellas, incompatibles.

     Un sector de los estudiosos considera al conflicto como una enfermedad social y otro lo visualiza como un elemento indispensable para la evolución de la sociedad en sus diversos ámbitos.

     Como sabemos el hombre es un ser sociable, lo es por estar en el mundo, porque en el mundo y su circunstancia el hombre se encuentra con cosas y entre esas cosas con otros hombres, lo que implica que existen respuestas y tratos recíprocos entre unos y otros y éste a su vez con el mismo. Es un hecho que forma parte de la naturaleza misma del ser humano y que lo distingue de las cosas y otros seres que existen en el mundo.

     El hombre vivió siempre en sociedad y el conflicto fue y es producto inevitable del choque de las pasiones humanas, es imposible hablar de convivencia social sin conflictos, esto es producto de la naturaleza de las relaciones entre los seres humanas.

     Recordemos otras palabras de Zannoni: "Los mecanismos del proceso judicial servirán para peticionar como para sustraerse de las cargas que él mismo impone” luego agrega que el juicio lleva a utilizar mecanismos de ataque, defensa y contraataque, lo que retroalimenta el conflicto mismo.[1]



1.1.1.         Conclusión del Análisis

     Desde una perspectiva personal,  respecto a los conflictos, es loable mencionar, que dentro del relacionamiento de personas, es inevitable, no llegar a ciertas incompatibilidades en lo que se refiere al “pensar de la misma manera que los demás”,  desde ese punto, al tratar con dichos conflictos, lo determinante será como llevar a cabo una solución, puesto que si notamos, por un lado, los desequilibrios de poder en las relaciones terminan desembocando en un conflicto, exponiendo al más débil a la posibilidad de ser reprimido por él más fuerte.

     A lo expuesto, acompaña, la personalidad que cada uno tenemos, y un choque de personalidades significa que las personas en cuestión no se llevan bien por no poder comprenderse mutuamente, y es cuando inicia un conflicto ya sea real o irreal. Si estas personas deben seguir conviviendo sería importante encontrar el origen del choque de personalidades, analizando los valores, las opiniones, las suposiciones de uno sobre el otro y los prejuicios de cada uno respecto al otro.

     Resulta absolutamente imposible pretender una sociedad sin confrontaciones, las disparidades de opiniones o de criterios son inherentes al hombre y se han manifestando desde los orígenes de la humanidad. En tal sentido, Silva García Germán señala lo siguiente: “sin antagonismo social no habría transformaciones sociales o estas ocurrirían en forma excesivamente lenta”, es decir, la gran mayoría de los acontecimientos y transformaciones desarrolladas fueron producto de la colisión de ideas e intereses surgidos entre los hombres.
     Del mismo modo en que el hombre desde que apareció en la tierra ha enfrentado el conflicto, ha estructurado formas de solución del mismo, las cuales tuvieron un proceso de evolución desde mecanismos primitivos hasta convertirse en procedimientos elaborados en tiempos actuales. Tal es así que la teoría del conflicto ha sido objeto de estudio y atención desde diversas áreas y concepciones filosóficas.

 



CAPITULO II


2.1.      Noción del término Conflicto

     Por definición cotidiana, se entiende que un conflicto es un choque de intereses, de ideas, de emociones, no es un concepto objetivo sino subjetivo.
     En general el conflicto es aquello que las personas perciben como tal. Se conceptúa al conflicto como una “percibida divergencia de intereses”, surge cuando no parece haber una alternativa disponible que satisfaga los intereses de todas las partes involucradas.  
     El término “conflicto” nos puede llevar a un largo deambular de acepciones dispares. La comparación con otros términos como ser la disputa o el litigio son abundantes y estamos seguros de no encontrar una significación uniforme. Por lo tanto, nos cabe dar una definición muy simple pero a la vez lógico en su apreciación. En este sentido diremos que el conflicto es la manifestación de una desavenencia entre particulares, es decir, implica exteriorizar los desacuerdos, intereses contrapuestos o aspiraciones incompatibles de modo tal que interfiere con la relación interpersonal de los sujetos.
     El conflicto es una forma de manifestar discrepancias con determinados individuos con el fin de objetivizar deseos o intereses, generando una colisión o contraposición de intereses, aspiraciones u opiniones, en otras palabras consiste en la confrontación de pretensiones que surgen entre las personas que interactúan por medio de relaciones sociales.
      El conflicto es un fenómeno natural en toda sociedad, es decir se trata de un hecho social circunstancial a la vida en comunidad, las desavenencias o los desacuerdos son naturales o comunes en la convivencia humana.

     El hombre por naturaleza es competitivo y protector de sus propios intereses, por lo cual tiende a crear discrepancias con su entorno, este hecho constituye una expresión normal de la vida en sociedad. Y la comunicación es siempre fallida porque lo que sanciona un mensaje no es la intencionalidad del hablante sino el interlocutor, el código, y ésta sanción se dan retroactivamente.[2]

CAPITLULO III

3.1.      Visión

     Actualmente se considera que el conflicto y el cambio son conceptos inseparables. Cuando se vive un conflicto se plantean las cuestiones correlacionadas con el cambio, por ello, en las décadas de 1930 y 1940 se defendía la idea de que todo conflicto es malo, que es sinónimo de violencia, destrucción e irracionalidad, y que por tanto había que evitarlo, porque  afectaba negativamente  a  las personas, grupos  y  organizaciones. 
     Para  resolverlo o prevenirlo, plantea que sólo hay que atacar sus causas, que según este enfoque son la mala comunicación, la falta de franqueza y de confianza, entre otros. Este enfoque es el que la gran mayoría de nosotros tiene acerca del conflicto. No obstante ya hemos visto que no es así y que existen evidencias demostrables que no siempre el conflicto es negativo.
     De los conflictos sea acorde a la historia y a las pautas que rigieron la relación entre los disputantes, sin que esto signifique obrar en contra de la ley social. La salida de un conflicto en el marco de la mediación debe reflejar la singularidad de las partes en disputa, sin pautas estandarizadas, ya que éste -el acuerdo- necesariamente es el producto de las mismas.

     Zannoni dice: "La mediación evita someter a decisión jurisdiccional, lo que las partes pueden obtener por sí mismas. Y ninguna duda puede caber que lo que hombre y mujer, no obstante en conflicto acuerden, ha de ser infinitamente más eficaz que lo que el juez imponga"[3]

 

3.2. “Teoría del Conflicto” como analítica


     La teoría de la resolución de conflicto como analítica y solución de problema se deriva de una concepción del conflicto como un fenómeno humano normal y universal. Conflicto describe una relación en la que cada parte percibe las metas, valores, intereses y comportamiento del otro como antítesis de los suyos. Conflicto abarca, en primer lugar, las relaciones entre las partes en disputa, sus percepciones y falsas percepciones, los valores compartidos y los que no lo son, y sus metas y motivaciones; en segundo lugar, el medio político, social, económico, e institucional en el que la disputa tiene lugar.
     De allí la importancia de generar un buen sistema de gestión de conflictos, enmarcado dentro de las políticas de administración de justicia, que establezca mecanismos adecuados y eficientes para restablecer el orden y la paz social afectados por el choque de intereses. La resolución de conflicto es un sistema de decisión en cuanto a que, como solución de problema, provoca cambios en instituciones y normas, además de ser una influencia importante en el cambio, y de ajuste para las condiciones de dicho cambio. Cuando la resolución de conflicto se sustituye por decisión autoritaria, se convierte efectivamente en la base de un sistema político en el que los procesos analíticos de solución del problema son sustituidos por las reglas de la élite, las normas legales, y los poderes políticos. Es por ello que resolución de conflicto debe tratarse conceptualmente como un sistema político.
     La institucionalización de la resolución de conflicto eliminaría los controles autoritarios pero al mismo tiempo empujaría a las sociedades hacia unos medios de control social no autoritario. Cuando nos referimos a un proceso de control social que no es autoritario, no nos circunscribimos al campo de formas de mediación, conciliación y arbitraje pragmáticas, improvisadas, de primeros auxilios o culturalmente específicas. Dada el deterioro universal de los procesos autoritarios, incapaces de satisfacer las necesidades básicas humanas, los procesos de resolución de conflicto pueden institucionalizarse universalmente. En efecto, estos pueden controlar y condicionar todos los comportamientos sociales como lo intentan hoy en día los procesos legales. Pero la ley es un método de control designado para suprimir las necesidades básicas individuales con el interés de preservar el poder de la élite. La resolución de conflicto es un método de control, determinado a satisfacer estas necesidades y con el interés de ajustar todas las formas de gobierno a la realidad del poder individual. Mientras que los procesos legales son coactivos y basados en la prohibición, los procesos de resolución de conflicto son medios positivos de control social que buscan establecer relaciones no conflictivas.


CAPITULO IV


4.1.      Medios alternativos y conclusiones generales


     Haciendo una breve conclusión del tema, podemos notar que “El conflicto” simplemente existe en las relaciones entre personas, grupos e instituciones. En sí mismo no es ni bueno ni malo. El modo cómo se manejan los conflictos es lo que marca la diferencia, bien lo había mencionado un compañero en la última clase.

     La parte positiva del conflicto, a mi parecer, como lo mencione anteriormente ante la profesora, es que estimula el “cambio constructivo”, fomentando la alianza entre las partes involucradas, precisando la cooperación para resolverlo.

En ese sentido, es importante tomar en cuenta que en una sociedad con un sistema de solución de conflictos muchas veces ineficientes (Poder Judicial), generalmente la mayoría de las disputas se resuelven con base en el poder, muchas en función del derecho, por ello los tribunales de justicia están congestionados, y en menor proporción, conforme a los intereses.

     Considero además,  que el ámbito civil es donde se desarrollan con mayor amplitud los conflictos que precisan de métodos alternos de resolución de conflictos; tal es así que dentro del  Código Civil ya encontramos en los artículos 1495 al 1506 (Contrato de Transacción) disposiciones referentes a la transacción y la manera de realizarse, a los efectos de una solución de conflictos que se sucedan,  y entre esas soluciones diarias de conflictos civiles podemos destacar a la Conciliación en el art. 170 CPC establece: “Efectos. Los acuerdos conciliatorios celebrados por las partes ante el juez, y homologados por éste, tendrán autoridad de cosa juzgada. Se procederá a su cumplimiento en la forma establecida para el trámite de ejecución de sentencia.

     De lo expuesto, se hace notar que el sistema de resolución de conflictos debe adecuarse a las realidades de los nuevos tiempos, es decir, dentro del sistema democrático que ha desplazado a uno autoritario que imponía por medio de la coacción; los mecanismos de solución a los problemas suscitados, por ello no sólo debe estar previsto dentro de un proceso judicial, sino también en cualquier ámbito de nuestras vidas.

 “El conflicto es una construcción; una situación es vivida como conflictiva si es significada como tal”.[4]






[1] ZANNONI. Eduardo. "Contienda y divorcio". Derecho de familia, p. 9. Revista interdisciplinaria de Doctrina y Jurisprudencia. Ed. Abeledo Perrot, 1989.
[2] D Angelo, Rinty, carbajal, Eduardo, Marchilli, Alberto: “Una introducción a Lacan”, Lugar editorial,
Bs. As. 1985.
[3] ZANNONI. Eduardo. "Contienda y divorcio". Derecho de familia, p. 12. Revista interdisciplinaria de Doctrina y Jurisprudencia. Ed. Abeledo Perrot, 1989.
[4] Schvarstein, Leonardo: “Psicología social de las organizaciones”, Paidós, Bs. As., 1991, pag. 187.

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